Quito, 4 de octubre de 2022.
Licenciado
César Marcel Córdova Valverde.
Defensor del Pueblo del Ecuador.
Presente.
CC:
Gladys Lorena Chavez Ledesma.
Directora Nacional del Mecanismo de Promoción y Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes de la Defensoría del Pueblo del Ecuador.
Miguel Ángel Chimborazo Gaón.
Secretario General Misional de la Defensoría del Pueblo del Ecuador.
Fredi Patricio Calle Arias
Delegado Provincial de Los Ríos de la Defensoría del Pueblo del Ecuador.
Referencia: Violación de los derechos de niñas, niños y adolescentes por parte de organizadores de “festival cómico taurino” en Valencia, provincia de Los Ríos.
De nuestras consideraciones.-
Quienes conformamos el MOVIMIENTO ANIMALISTA NACIONAL (MAN) del Ecuador, constituido el 23 de abril de 2015 como una sociedad de hecho sin fin de lucro, de carácter permanente, independiente y autónoma, con jurisdicción nacional, conformada por personas naturales, miembros y voluntarios, con diversidad de títulos técnicos y profesionales de tercer y cuarto nivel, reconocidas como activistas por el bienestar animal y los derechos de los animales no-humanos, comparece ante usted para expresar, con altísima preocupación, lo siguiente:
El Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Valencia, dentro del cronograma de fiestas patronales “San Francisco de Asís 2022”, auspició la realización de la denominada Feria Taurina Valencia 2022 y un Concurso de Gallos que se llevaron a cabo el día sábado 1 de octubre del año en curso, en la plaza de toros de la Cdla. San Francisco 2 y en el Coliseo de Gallos El Rey, en el sector La Mandarina de la ciudad de Valencia, respectivamente, y el día domingo 2 de octubre de 2022, en la mencionada plaza de toros. Resulta paradójico que se celebre a San Francisco de Asís, patrono de los animales, con un acto abiertamente atentatorio contra aquellos a quienes él llamaba hermanos.
Dichos eventos fueron anunciados por los organizadores, en primera instancia, como aptos para todo público pero, ante la intervención de las autoridades, posteriormente se publicó la edad mínima de 18 años para asistir a la corrida de toros del domingo, sin embargo, en el evento del sábado, sí se permitió la presencia de menores de edad.
Resulta lamentable y preocupante que el delegado provincial de la Defensoría del Pueblo, entidad que no solo tiene a cargo la protección del interés superior de niñas, niños y adolescentes sino que acaba de entregar a la Asamblea Nacional el proyecto de Ley Orgánica para la Promoción, Protección y Defensa de los Derechos de los Animales No Humanos, que garantiza que los animales sean reconocidos como sujetos de derechos, considere en su oficio DPE-DPLR-002-2022 que lo llevado a cabo el sábado 01 de octubre fue “un show cómico para niños sin que exista ningún tipo de espectáculo de violencia taurina”, argumentando que se trata de «una actividad cómica para niños sin presencia de violencia “muerte de Toros”», cuando existen claras pruebas de lo contrario. En primer lugar, el llamado show cómico sí incluyó violencia hacia becerros por parte de quienes el delegado llamó ”artistas cómicos como payasos” y, además, a continuación se dio la “actuación de la mejor torera de América, Oladis Matute”, que tuvo lugar inmediatamente después del mencionado “show cómico” ante niñas, niños y adolescentes que presenciaron dicha actuación de la mencionada torera, al contrario de lo que aseguró el delegado provincial en cuanto a que “no existirá ninguna forma de maltrato, agresión animal sino solamente actos y escenas humorísticas“.
Vista la evidencia fotográfica que adjuntamos, se deduce que sí se vulneraron derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Como es de su conocimiento, la Sentencia N.° 119-18-SEP-CC, dada en Quito D.M., el 28 de marzo de 2018, dentro del caso N.° 0990-15-EP, la Corte Constitucional del Ecuador señaló lo siguiente:
“El Comité de los Derechos de los Niños de Naciones Unidas, en consideración de la Convención de los Derechos del Niño, el 26 de octubre de 2017, en su 76° período de sesiones, emitió las «Observaciones finales sobre los informes periódicos quinto y sexto combinados del Ecuador», por lo que, en su acápite sobre la violencia contra los niños se refirió a la tauromaquia indicando que: «El Comité recomienda que la edad mínima para presenciar corridas de toros y participar en ellas se incremente de 16 a 18 años, y que sea un requisito legal.»” Esta recomendación se realiza debido a que el Comité de los Derechos de los Niños considera, con base en amplia evidencia científica, que la tauromaquia genera violencia en los niños, niñas y adolescentes que participan tanto en el entrenamiento como en los espectáculos públicos como asistentes.
En la misma sentencia, la Corte Constitucional determinó lo siguiente: “De esta manera, según lo señalado en párrafos anteriores, esta Corte Constitucional considera que los espectáculos taurinos no deben ser permitidos para los niños, niñas y adolescentes debido a que afecta a su integridad y a su desarrollo personal, ya que dichos espectáculos contienen un alto nivel de violencia.”
Finalmente, en virtud de que el Ecuador ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño, a través del Decreto Ejecutivo N.° 1330, publicado en el Registro Oficial N.° 400 de 21 de marzo de 1990, se debe tener presente que las observaciones emitidas por el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, son consideradas obligatorias como normas internas del país […] en observancia de lo determinado en la Constitución de la República y en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.
A partir de esta Sentencia, la Corte Constitucional revisa su cumplimiento en la información pública que consta en la página web institucional del GADM Ambato; la Corte accedió y tuvo conocimiento de la resolución Nº RC-197-2018 de 11 de mayo de 2018, a través de la cual, el organismo resolvió: 2. Se aprueba como edad mínima para ingreso a espectáculos taurinos a partir de los 18 años.
Tanto la Sentencia N° 119-18-SEP-CC como las Observaciones finales sobre los informes periódicos quinto y sexto combinados del Ecuador, obedecen al comprobado conocimiento científico sobre los riesgos de exponer a niñas, niños y adolescentes al maltrato animal y la creciente sensibilidad social sobre la necesidad de proteger a menores de edad de la violencia hacia animales, especialmente aquella que es cometida y aplaudida delante de los infantes por sus referentes adultos. No se trata pues de un capricho o una interpretación antojadiza, la claridad de ambos estamentos no da lugar a dudas y resulta obvia la negligencia de quienes permitieron el desarrollo de estos eventos arguyendo que “lo cual se realizan todos los años como parte esenciql y tradicional de dicho cantón” [Sic] .
Le pedimos observar que la Sentencia de la Corte Constitucional determina con total claridad que “los espectáculos taurinos” afectan la integridad de niñas, niños y adolescentes, sin hacer distinción entre corridas de toros a la usanza española, toros de pueblo, becerradas, encierros, rodeos, etcétera, es decir que la Sentencia de la Corte incluye a todos los espectáculos taurinos y no únicamente aquellos en los que se mate a los animales, toda vez que la violencia no se limita a la matanza sino que es el acto mismo de explotar, someter, acosar, estresar y maltratar a un animal que se ve obligado a enfrentar la hostilidad y los rigores de una lidia, aun cuando no se le inflijan heridas o se le cause la muerte.
Queremos resaltar que la violencia presenciada en este tipo de espectáculos -aun cuando se pretenda nombrar como “show cómico”– es real (no ficticia), es intencional y orquestada, es presentada como espectáculo de ocio, de comicidad, diversión o arte, incluye víctimas y esta violencia es manifiestamente aprobada y valorada por adultos percibidos como referentes por las y los menores de edad. Creemos que corresponde una intervención urgente de la Defensoría del Pueblo para proveer asistencia psicológica a las niñas, niños y adolescentes que testificaron la participación de sus padres u otros modelos adultos en actos de violencia contra animales durante el mencionado “show cómico” y la lidia de becerros y becerras.
Por lo mencionado, denunciamos la vulneración de los derechos de los niñas, niños y adolescentes por parte del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Valencia, las personas organizadoras la Feria Taurina Valencia 2022 y las funcionarias y los funcionarios que otorgaron los correspondientes permisos, al haberles expuesto a actos de violencia, yendo en contra de los Tratados Internacionales, la Constitución del Ecuador y las leyes de protección al interés superior de menores de edad. Por lo cual solicitamos a la Defensoría del Pueblo del Ecuador que, actuando en cuanto a sus competencias, busque las sanciones a quienes permitieron la realización de este evento y a sus organizadores.
Atentamente,
Movimiento Animalista Nacional.